Buenos días.
Agradezco su interés por la mejora del acceso de la ciudadanía a la actividad municipal.
No obstante las actas no se pueden publicar nada más celebrar la sesión sino que hay que esperar a que sean aprobadas por el pleno en la siguiente sesión ordinaria.
Dado que la frecuencia de los plenos ordinarios es bimensual el periodo entre la celebración y su aprobación y publicación suele ser alrededor de dos meses.